Resumen Norma Internacional de Información Financiera – NIIF16 «Arrendamientos».

Comparto mi análisis sobre NIIF 16 para su conocimiento. Espero les sirva.

Esta Norma establece los principios para el reconocimiento, medición, presentación e información a revelar de los arrendamientos. El objetivo es asegurar que los arrendatarios y arrendadores proporcionen información relevante de forma que represente fielmente esas transacciones.

Fecha Emisión Enero 2016.

Fecha de vigencia. Una entidad aplicará esta Norma para los periodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2019. Se permite su aplicación anticipada para entidades que utilicen la NIIF 15 Ingresos de Actividades Ordinarias procedentes de Contratos con Clientes antes de la fecha de aplicación inicial de esta Norma. Si una entidad aplica esta Norma de manera anticipada, revelará ese hecho (AP C1).

La creación de una nueva norma NIIF de arrendamiento fue para eliminar el financiamiento fuera de balance. La NIIF 16 reemplaza a la NIC 17. Esta norma tiene un efecto muy importante en los estados financieros de los arrendatarios, debido a que tendrán que dar a conocer en su estado de situación financiera, el activo con la necesidad de reconocer el derecho sobre el uso del bien, y el pasivo por los flujos de efectivo que tendrá que desembolsar el arrendatario producto de los contratos firmados.

El modelo de contabilidad anterior para arrendamientos requería que los arrendatarios y arrendadores clasificaran sus arrendamientos como arrendamientos financieros o arrendamientos operativos y contabilizaran los dos tipos de forma diferente. Ese modelo fue criticado por no satisfacer las necesidades de los usuarios de los estados financieros porque no siempre proporcionaba una representación fiel de las transacciones de arrendamiento. En concreto, no requería que los arrendatarios reconocieran los activos y pasivos que surgen de los arrendamientos operativos (IN5).

Bajo NIC 17, si el arrendamiento fue clasificado como operativo, el arrendatario no mostraba ni activos ni pasivos en su estado de situación financiera, solo pagos del arrendamiento como un gasto en el estado de pérdidas o ganancias. Hacía difícil para los inversionistas y otros obtener una imagen precisa de los activos y pasivos de arrendamiento de una empresa, sobre todo para las industrias tales como; sectores de líneas aéreas, telecomunicaciones, comercio al por menor, transporte, etc…

La NIIF 16 introduce un modelo de contabilización de los arrendamientos único y requiere que un arrendatario reconozca los activos y pasivos de todos los arrendamientos con una duración superior a 12 meses, a menos que el activo subyacente sea de bajo valor. Se requiere que un arrendatario reconozca un activo por derecho de uso que representa su derecho a usar el activo arrendado subyacente y un pasivo por arrendamiento que representa su obligación para hacer pagos por arrendamiento (IN10).

  • Arrendamientos de activos de bajo valor. NIIF16 no da un valor monetario para definir el concepto de bajo valor (AP B3 a B8). En Fundamentos a las Conclusiones se indica que en el momento de tomar decisiones sobre la exención en 2015, el IASB tenía en mente arrendamientos de activos subyacentes cuyo valor, cuando son nuevos, sea de 5.000 dólares USA o menos.
  • Arrendamientos a corto plazo. Desde la fecha de inicio, tiene un plazo de arrendamiento de 12 meses o menos. No incluye una opción de compra.

Si un arrendatario “opta” por no aplicar los requerimientos de los párrafos 22 a 49 a los arrendamientos a corto plazo o a arrendamientos en los que el activo subyacente es de bajo valor (AP B3 a B8; FC98 a FC104 – OC5 a OC9), el arrendatario reconocerá los pagos por arrendamiento asociados con los arrendamientos como un gasto de forma lineal a lo largo del plazo del arrendamiento, o según otra base sistemática. El arrendatario aplicará otra base sistemática si aquella es más representativa del patrón de beneficios del arrendatario (párrafo 6).

Un arrendador continuará clasificando sus arrendamientos como arrendamientos operativos o arrendamientos financieros, y contabilizará esos dos tipos de arrendamientos de forma diferente. Se mantienen los requerimientos de contabilidad del arrendador de la NIC 17 (IN14).

Los activos y pasivos que surgen de un arrendamiento se miden inicialmente sobre una base de valor presente (IN12).

PARA IDENTIFICAR UN ARRENDAMIENTO, la empresa deberá evaluar si el contrato es,  o contiene, un arrendamiento.

Un contrato es, o contiene, un arrendamiento si transmite el derecho a controlar el uso de un activo identificado por un periodo de tiempo a cambio de una contraprestación (párrafo 9).

Esta definición es más amplia que la de NIC 17 y se deben analizar todos los contratos para identificar posibles elementos que son de arrendamiento. Algunos contratos contienen componentes de arrendamiento y componentes distintos al arrendamiento (servicios). Por ejemplo, un contrato de un vehículo puede combinar un arrendamiento con servicios de mantenimiento. La NIIF 16 provee ejemplos para determinar si el contrato es un contrato de arrendamiento o un contrato de servicio (contrato de no arrendamiento). Además, muchos contratos contienen dos o más componentes de arrendamiento. Por ejemplo, un contrato único puede incluir arrendamientos de terrenos, edificios y equipo (FC133 FC).

El objetivo de la NIIF de Arrendamientos es cambiar la contabilización de los arrendamientos, no la contabilización de los servicios (FC135 FC).

Algunos contratos de servicio, reconocidos directamente en pérdidas y ganancias, ahora pueden ser considerados como contratos de arrendamiento reconociendo el derecho sobre el uso del activo y el pasivo por el arrendamiento.

La empresa aplicará esta Norma a todos los arrendamientos, incluido los arrendamientos de activos de derechos de uso en un subarrendamiento, con la excepción de puntos específicos de otras normas que se indican en párrafo 3 NIIF16.

En Fundamentos a las Conclusiones, el IASB destacó que la identificación de componentes de arrendamiento separados en un contrato de arrendamiento es similar a la identificación de obligaciones de desempeño en un contrato de ingresos de actividades ordinarias, en ambas circunstancias, una entidad está intentando identificar si un cliente o un arrendatario está contratando un número de entregas separadas o una entrega que podría incorporar un número de activos diferentes. Por consiguiente, en lugar de desarrollar nuevos requerimientos que aborden cómo identificar componentes de arrendamiento separados, el IASB decidió incluir en la NIIF 16 requerimientos similares a los de la NIIF 15 sobre la identificación de obligaciones de desempeño. El IASB pretende que esos requerimientos de la NIIF 16 se apliquen de forma similar a su uso dentro del contexto de un contrato de ingresos de actividades ordinarias de la NIIF 15. (FC134).

 FLUJOGRAMA DE LA NORMA PARA AYUDAR A LAS EMPRESAS EN LA EVALUACIÓN SI UN CONTRATO ES O CONTIENE UN ARRENDAMIENTO.

Al analizar cuidadosamente cada una de las preguntas que se describen en el  flujograma, y si las respuestas a estas preguntas son positivas, existe la posibilidad de que efectivamente el contrato contenga un arrendamiento.

En Fundamentos a las Conclusiones, la NIIF 16 define un arrendamiento sobre la base de si un cliente controla el uso de un activo identificado por un periodo de tiempo, que puede determinarse por una cantidad definida de uso. Si el cliente controla el uso de un activo identificado por un periodo de tiempo, entonces el contrato contiene un arrendamiento. Este será el caso de si el cliente puede tomar las decisiones importantes sobre el uso del activo de forma similar a cómo lo hace sobre los activos propios que usa. En estos casos, el cliente (el arrendatario) ha obtenido el derecho a usar el activo (el activo por derecho de uso) que debería reconocer en su balance (sujeto a las exenciones de reconocimiento del párrafo 5 de la NIIF 16). (FC105).

ALGUNOS PUNTOS A CONSIDERAR

NIIF16 cambia la forma de contabilizar utilizando un modelo único y de control. La nueva definición se centra más en quién controla el activo.

El arrendatario requiere reconocer los activos de arrendamiento (derecho de uso) y pasivos por arrendamiento (medidos inicialmente sobre la base de valor presente de los pagos futuros de arrendamiento).

Existen excepciones optativas para arrendamientos a “corto plazo” y arrendamientos de “bajo costo”.

Los arrendamientos operativos se registraran en estado de situación financiera. La nueva norma de arrendamiento tendrá un efecto significativo en las empresas que trabajan arduamente con arrendamientos operativos, experimentando un mayor impacto tanto en los estados financieros como en los indicadores, pudiendo afectar así el análisis de la información financiera. Las empresas con arrendamientos operativos mostraran más activos en el estado de situación financiera, pero también estarán más fuertemente endeudadas – pasivos.

Aplicación retroactiva o aplicación reactivamente con efecto acumulado (C5).

  • Cuando la entidad aplique una nueva política contable retroactivamente, la aplicará a la información comparativa [Referencia: párrafos 38 a 44, NIC 1] de periodos anteriores, retrotrayéndose en el tiempo tanto como sea practicable. (NIC8 P26).
  • El modelo de contabilización del arrendatario de la NIIF 16 es similar a los requerimientos de contabilización para los arrendamientos financieros de la NIC 17. Por consiguiente, la NIIF 16 no contiene requerimientos de transición detallados para arrendamientos anteriormente clasificados como arrendamientos financieros si un arrendatario opta por aplicar el enfoque de transición de actualización acumulada (FC288).

Se mantienen los requerimientos de contabilidad del arrendador de la NIC 17. La contabilización de arrendamientos para los arrendadores casi no cambia, ellos pueden continuar de la misma manera. El cambio no será significativo.

El flujo de caja no cambia. Se siguen pagando las mismas cantidades ya sea que apliques la NIC 17 o la NIIF 16. Bajo NIC 17 los flujos provenientes de arrendamientos operativos son considerados como flujos de actividades operación, con la aplicación de NIIF16, los flujos pasarán a considerarse como flujos de actividades de financiamiento.

Se están mostrando los gastos (servicios), también con el objeto de mostrar el impacto total del contrato completo, a pesar de que técnicamente no hacen parte de la contabilización del arrendamiento.

Cambio en el patrón de gastos, tenemos más cargas de interés en el comienzo del arrendamiento, pero gastos más pequeños al final del arrendamiento cuando el pasivo por arrendamiento es amortizado.

Ambos modelos tienen el mismo impacto en pérdidas y ganancias en el plazo total del arrendamiento.

Ejemplo Básico:

En este caso el contrato contiene un activo, que corresponde a un activo subyacente identificado, lo que significo reconocer un activo y un pasivo en el estado de situación financiera. Basado en supuesto que el pago de renta incluye un elemento de no arrendamiento – servicio, debemos separarlo al momento reconocer los activos y pasivos por arrendamiento medidos al inicio sobre la base del valor presente de los pagos futuros de arrendamiento.

Para aquellas empresas que aún no comienzan con sus análisis, se recomienda iniciar un listado de todos los contratos de arrendamientos identificando las características de cada uno de ellos, con el propósito de evaluar si bajo esta nueva normativa corresponde clasificarlo como arrendamiento, recopilar todos los antecedentes necesarios para análisis y desarrollo de nuevos cálculos. El concepto clave es determinar quién posee control sobre el uso del activo.